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viernes, abril 19, 2024
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Aprobaron una nueva moratoria previsional para quienes no puedan completar los aportes o los años necesarios

Diputados la convirtió en ley. Se pagarán cuotas que permitirán acceder a un haber, pero la jubilación se calculará sobre los años efectivamente aportados.

Tras haber conseguido quórum con apoyo del lavagnismo, y con impulso del oficialismo, este martes la Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto de moratoria previsional, que ya tenía sanción de Senadores. La oposición criticó el proyecto porque lo consideró “un parche que no soluciona los problemas del sistema previsional”.

 La nueva ley contempla dos variantes para permitir la jubilación de personas que hasta ahora no tenían los aportes o los años de trabajo en blanco necesarios.

Quienes no tengan todos los aportes podrán jubilarse mediante el pago de diferente cantidad de cuotas. Foto: Orlando Pelichotti / Los AndesQuienes no tengan todos los aportes podrán jubilarse mediante el pago de diferente cantidad de cuotas. Foto: Orlando Pelichotti / Los Andes

La primera modalidad comprende a las personas con la edad jubilatoria cumplida (60 años las mujeres, 65 los varones), que no tengan o no vayan a tener los 30 años de aportes para iniciar el trámite jubilatorio en los próximos 2 años.

La segunda variante está destinada a mujeres mayores de 50 y menores de 60 años y varones mayores de 55 y menores de 65 años que ya saben que no alcanzarán a completar sus aportes cuando alcancen la edad jubilatoria.

En el primer caso, se les permite regularizar los períodos faltantes hasta el mes de diciembre del año 2008 (inclusive) a través de la aplicación de una modalidad de pago en cuotas que serán descontadas de manera directa del haber jubilatorio que obtengan. La cantidad de cuotas podrá ser de hasta 120, según las condiciones que establezca la reglamentación.

Las cuotas a desembolsar por los meses a regularizar se calcularán de acuerdo a la llamada “Unidad de pago de deuda previsional”, cuyo valor será equivalente al 29% de la base mínima imponible de remuneración vigente a la fecha de la solicitud de la prestación previsional. Se podrán pagar, por ejemplo, una o más unidades por mes, de acuerdo al plan de pagos elegido.

Pero esa cuota que se pagará solo “servirá” para acceder a la jubilación. No incidirá sobre el haber, que se calculará sobre la base de los aportes efectivamente ingresados sin moratoria.

O sea que quien se jubile con la moratoria tendrá un “descuento” de su jubilación porque recibirá solo los años aportados y además tendrá el descuento de la cuota sobre el haber durante los meses o años que dure la moratoria.

Ejemplos

A valores de marzo, para un trabajador en relación de dependencia con un sueldo bruto promedio actualizado de los últimos 120 meses de $ 200.000 (remuneración imponible promedio del sistema), la jubilación y las cuotas que le deducirán por acceder a la moratoria serían las siguientes:

  • Con 10 años de aportes y 20 años a regularizar por moratoria anteriores a diciembre de 2008, se jubilaría con el haber mínimo hoy de $ 58.655 (más el bono de $ 15.000 hasta mayo 2023) Y se le descontarían $ 11.459 en un plan de pagos de 120 cuotas. El haber efectivo sería $ 47.206, casi similar a los $ 46.932 de la PUAM (Prestación Universal al Adulto Mayor), ya que en ambos casos perciben los $ 15.000 del bono.
  • Un trabajador con 15 años, que puede regularizar 15 años a través de la moratoria, tendrá un haber inicial de $ 71.837 (35,9% del sueldo promedio actualizado). El valor de la cuota mensual (que se actualiza trimestralmente por movilidad), suponiendo un plan de pago de 90 cuotas, será de $ 11.459 Suponiendo un plan de pago de 120 cuotas, llegaría a $ 8.595. Así, el haber total sería de $ 71.837 (recibiría el refuerzo de $5.000). Así, el valor del haber descontada la cuota (plan 90) sería de $ 60.378 más el refuerzo de Ingreso de $ 5.000 y el en el plan de 120 sería de $ 63.242 más el refuerzo de $ 5.000
  • Un empleado con 20 años de relación de dependencia puede regularizar 10 años a través de la moratoria. El cálculo del haber inicial es de $ 86.837 (43,4% del sueldo promedio actualizado). El valor de la cuota mensual, suponiendo un plan de pago de 45 cuotas, sería de $ 15.280 y con un plan de 60 cuotas, $ 11.459. Así, el haber de $ 86.837 (recibiría refuerzo de $ 5.000), menos la cuota del plan 45 totalizaría $ 71.557 más refuerzo y si se descuenta la cuota en un plan de 60 meses, el haber quedaría en $ 75.378 más el refuerzo.
  • Un trabajador con 25 años de relación de dependencia, que solo tiene que regularizar 5 años tendría un haber inicial $ 101.837 (50,9% sueldo promedio actualizado). Si paga en 30 cuotas ($ 11.459 cada una) tendrá un haber de $ 90.378 más refuerzo de $ 5.000. Si paga en 60 cuotas, cada una será de $ 5.730 y cobrará $ 96.107 más los $ 5.000 del refuerzo.

Según datos oficiales, esta moratoria permitiría acceder a la jubilación a entre 720.000 y 800.000 varones y mujeres.

Cómo es la segunda opción de la moratoria

La segunda variante está destinada a mujeres mayores de 50 y menores de 60 años y varones mayores de 55 y menores de 65 años que, al tener pocos años de aportes, ya saben que no alcanzarán a completar los 30 años cuando alcancen la edad jubilatoria.

Podrán utilizar este mecanismo quienes acrediten ingresos que permitan justificar el pago de la deuda que surja de la “Unidad de cancelación de aportes” por períodos anteriores al 31 de marzo de 2012. El valor de esa Unidad de cancelación (UCDP) es también el 29% de la base mínima imponible. Este monto se irá ajustando por la movilidad.

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