El jefe del Programa Juventudes, Gabriel Sindoni, afirmó que el proyecto recientemente hecho ley está destinado a jóvenes de entre 16 y 24 años de la provincia de San Luis y tiene por objetivo que los chicos y chicas puedan realizar procesos de capacitación en espacios laborales para generar nuevas habilidades que les permitan, en el transcurso de 12 meses, realizar una transición hacia el empleo formal.
El pasado 4 de agosto se sancionó la Ley del Programa Empezar en la Legislatura Provincial como parte del Programa de Reactivación Productiva de la Provincia, que fue diagramado por el Gobierno puntano para generar nuevas fuentes de trabajo y aumentar el consumo, la producción y las inversiones.
“El Programa Empezar está destinado a jóvenes de entre 16 y 24 años de la provincia de San Luis y tiene por objetivo que los chicos y chicas puedan realizar procesos de capacitación en espacios laborales para generar nuevas habilidades que les permitan, en el transcurso de 12 meses, realizar una transición hacia el empleo formal”, afirmó Sindoni y añadió: “La idea es que el sector privado acompañe a este programa, que ya es ley, y que les pueda abrir puertas a los jóvenes para desarrollar estos procesos de entrenamiento”.
El funcionario anticipó que “estamos trabajando en el decreto reglamentario que nos va a permitir informar la metodología de implementación de este programa y cómo va a ser la participación de los jóvenes y el sector privado. Es una iniciativa que estamos próximos a lanzar en toda la provincia”.
“El Programa Empezar brinda herramientas y espacios para motivar a los jóvenes y al sector privado”, manifestó.
¿Quiénes pueden ser capacitadores?
Podrán ser capacitadores las personas humanas y jurídicas del ámbito privado de la provincia de San Luis, cualquiera sea su actividad económica, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
– Estar inscripto regularmente en la Dirección Provincial de Ingresos Públicos (DPIP) y tener la habilitación comercial municipal correspondiente.
– Ser comercio minorista o prestador de servicio con el límite de facturación anual.
– No podrá sustituir trabajadores ya vinculados a la empresa con un contrato laboral.
Los capacitadores pueden incorporar beneficiarios del Programa Empezar mediante tres modalidades:
– Modalidad Entrenamiento: desde tres y hasta doce meses, sin ningún costo para el capacitador. Esta modalidad no genera relación de dependencia entre el beneficiario y el capacitador ni entre este y el Estado provincial. La carga horaria será de hasta ocho horas diarias, o veinte horas semanales.
– Modalidad Aprendiz: desde tres y hasta doce meses, sin ningún costo para el capacitador. Esta modalidad no genera relación de dependencia entre el beneficiario y el capacitador ni entre este y el Estado provincial. La carga horaria será de hasta ocho horas diarias o veinte horas semanales. Podrán acceder a esta modalidad, aquellos jóvenes que se encuentran matriculados en el sistema educativo, o que asistan a diversos Cursos de Formación en Oficios que se dictan en instituciones públicas o privadas, y efectúen una práctica formativa en un ambiente de trabajo en empresas privadas afines a su formación. También se incluyen en esta modalidad, los jóvenes profesionales que posean título terciario y/o universitario o acrediten un avance del 50 % de avance en este último.
– Modalidad Primer Empleo: se establece una relación laboral formal entre la persona humana o jurídica y el beneficiario. El empleador que incorpore en su planta de personal al beneficiario en cualquier momento del programa podrá descontar del sueldo neto (de bolsillo) del trabajador el beneficio que este perciba del Programa Empezar por hasta doce meses. La carga horaria y sueldo será la que corresponda según el régimen legal aplicable a la rama de actividad.
Los beneficiarios percibirán por parte del Estado provincial una asignación estímulo mensual, de carácter económico y no remunerativo, asimismo los beneficiarios de la modalidad entrenamiento y aprendiz contarán con la cobertura a cargo del Estado provincial de un seguro de accidentes personales, de acuerdo a las previsiones vinculadas a la materia.